Los operativos fueron realizados en varios puntos del Gran Santo Domingo en cumplimiento de la Ley 63-17; Juan Manuel Méndez García reitera que las normas de tránsito deben cumplirse sin excepciones
Santo Domingo. – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) realizó operativos de fiscalización en varios puntos de Santo Domingo, imponiendo las sanciones correspondientes a 15 empresas constructoras, cuyos camioneros realizaron un vaciado de concreto al disponer materiales en la vía pública, en violación de las disposiciones establecidas en la Ley núm. 63-17.
Los operativos fueron realizando edificaciones que se levantan en sectores del Distrito Nacional y Santo Domingo Este y forman parte de las labores de fiscalización que desarrolla el INTRANT para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de las vías públicas y preservar condiciones adecuadas de seguridad y movilidad para todos los usuarios.
En el Distrito Nacional el operativo abarcó los sectores Piantini, Serallés y Naco. En tanto que en Santo Domingo Este en el sector Alma Rosa.
El director ejecutivo del INTRANT, Juan Manuel Méndez García, ha sido enfático en señalar que la institución trabaja para hacer cumplir la Ley 63-17 y que las disposiciones establecidas deben ser observadas por todos los actores que intervienen en el sistema de movilidad y transporte.
Trabajos en la vía pública deben cumplir requisitos legales
El artículo 151 de la Ley 63-17 establece como infracción realizar trabajos en la vía pública sin colocar y mantener la señalización de advertencia de peligro requerida, conducta que conlleva una sanción de uno (1) a tres (3) salarios mínimos.
Asimismo, el artículo 153 establece las disposiciones relativas a los permisos para ejecutar trabajos en las vías públicas y contempla una sanción de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos para quienes ejecuten trabajos en la vía pública sin el permiso correspondiente del INTRANT o del ayuntamiento.
La legislación también establece condiciones específicas para aquellos trabajos que cuentan con autorización.
En ese sentido, el párrafo II del artículo 153 dispone que los trabajos autorizados deben ejecutarse sin obstaculizar el tránsito, mientras que el párrafo III del mismo artículo establece que los trabajos de corta duración que puedan fraccionarse deben realizarse preferiblemente en horarios de menor flujo vehicular.
De igual manera, esta disposición establece que los materiales y desechos deben ser retirados inmediatamente, con el propósito de evitar que permanezcan en la vía pública y afecten la circulación o representen un riesgo para los usuarios.
Fiscalización para garantizar el cumplimiento de la ley
Durante los operativos realizados en distintos puntos de Santo Domingo, las brigadas del INTRANT verificaron situaciones relacionadas con el vaciado de concreto y la disposición de materiales en espacios destinados a la circulación, procediendo con las sanciones correspondientes conforme a las disposiciones legales aplicables.
El INTRANT reiteró que las actividades que impliquen ocupación, intervención u obstaculización de las vías públicas deben realizarse cumpliendo previamente con los permisos, condiciones de seguridad y disposiciones establecidos por las autoridades competentes.
La institución continuará desarrollando acciones de fiscalización para procurar que las vías públicas sean utilizadas de manera adecuada y que quienes realizan trabajos que puedan afectar la circulación adopten las medidas necesarias para proteger a conductores, peatones y demás usuarios.
Aplicación de la Ley 63-17
Con estas acciones, el INTRANT reafirma su compromiso con el cumplimiento de la Ley 63-17, bajo una política de fiscalización orientada a fortalecer la seguridad vial, ordenar el uso de las vías públicas y promover el respeto de las normas que regulan la movilidad y el tránsito terrestre en el país.

